Proyecto de Ley 125 de 2010- Senado -
Este proyecto pretende que en los municipios donde funcionen las las Juntas Administradoras Locales, la Administración Municipal garantice la seguridad social en salud de quienes hacen parte de las mismas, a través de la suscripción de una Póliza de Seguros con una compañía reconocida oficialmente. También deberá suscribirles una Póliza de vida en los términos del artículo 68 de esta ley.
El Acuerdo mediante el cual se adopte el pago de honorarios, reglamentará lo atinente al porcentaje de los mismos, y lo relativo a los Seguros de Vida y de Salud. Además, fijará lo concerniente a la certificación y acreditación de la asistencia a sesiones para su pago.
Lo preceptuado en éste artículo no alterará lo establecido en los regímenes especiales para los distritos.
DATOS DEL PROYECTO:
COMISIÓN: I Senado (PL 125-2010) PONENTES: H.S Juan Carlos Vélez OBSERVACIONES: ESTADO: No se ha rendido ponencia.
Porque Usted también hace parte de la legislación, déjenos sus comentarios, son muy importantes para nosotros.










